El sábado 13 de diciembre se ha presentado a los medios de comunicación y a la opinión pública en general la Instrucción Dignitas Personae de la Congregación para la Doctrina de la Fe, sobre algunas cuestiones de bioética.
Estas son algunas afirmaciones del documento:
• A cada ser humano, desde la concepción hasta la muerte natural, se le debe reconocer la dignidad de la persona. Este principio fundamental, que expresa un gran “sí” a la vida humana, debe ocupar un lugar central en la reflexión ética sobre la investigación biomédica.
• Es preciso recuperar el juramento de Hipócrates en el que la ciencia médica se pone al servicio de la fragilidad del hombre para curar enfermedades, aliviar el sufrimiento y extender los cuidados necesarios de modo equitativo a toda la humanidad.
• La mayoría de los criterios que se dan en el documento se fundan en la razón, son válidos para creyentes y no creyentes. Las culturas humanas y las tradiciones religiosas y culturales, en las que se inscribe el documento, muestran generalmente una gran reverencia por la vida.
• La Iglesia ve la ciencia como un precioso servicio al bien integral de la vida y dignidad de cada ser humano. La Iglesia, por tanto, mira con esperanza la investigación científica.
• Las ciencias médicas han avanzado considerablemente en el conocimiento de la vida humana y los estadios iniciales de su existencia. Estos avances son positivos y merecen apoyo cuando sirven para corregir patologías y ayudan a establecer el desarrollo normal de los procesos generativos.
• El cuerpo humano, desde los primeros estadios de su existencia, no se puede reducir al conjunto de sus células. El cuerpo embrionario se desarrolla progresivamente según un programa bien definido y con un fin propio, que se manifiesta con el nacimiento de cada niño.
• El criterio ético fundamental en relación con las intervenciones sobre el embrión humano: el fruto de la generación humana desde el primer momento de su existencia, es decir desde la constitución del cigoto, exige el respeto incondicionado, que es moralmente debido al ser humano en su totalidad corporal y espiritual. El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, a partir de ese mismo momento, se le deben reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida. El embrión humano tiene, por tanto, desde el principio, la dignidad propia de la persona.
• El origen de la vida humana tiene su auténtico contexto en el matrimonio y la familia, donde es generado por medio de un acto que expresa el amor recíproco entre el hombre y la mujer. Una procreación verdaderamente responsable para con quien ha de nacer es fruto del matrimonio.
• Son admisibles las técnicas (para la procreación) que se configuran como una ayuda al acto conyugal y a su fecundidad. No son moralmente aceptables las técnicas que reemplacen el acto conyugal.
• Las técnicas de fecundación in vitro se aplican como si el embrión humano fuera un simple cúmulo de células que se usa, se seleccionan y se descartan. El número de embriones sacrificados, en proporción al de embriones producidos y efectivamente nacidos, es altísimo.
• A menudo los embriones son descartados por no corresponder a las características demandadas por los padres, con lo cual se realiza un trato puramente instrumental de los embriones.
• La Iglesia reconoce la legitimidad del deseo de un hijo y comprende los sufrimientos de los cónyuges afligidos por el problema de la infertilidad. Sin embargo, ese deseo no puede ser antepuesto a la dignidad que posee cada vida humana hasta el punto de someterla a un dominio absoluto. El deseo de un hijo no puede justificar la producción del mismo.
• La crioconservación de embriones es incompatible con el respeto debido al ser humano: presupone su producción in vitro, los expone a grave riesgo de muerte o de daño de su integridad física (un alto porcentaje no sobrevive al procedimiento de congelación y descongelación), les priva de la acogida y gestación materna y les pone en situación susceptible de ulteriores ofensas y manipulaciones.
• La mayor parte de los embriones no utilizados quedan huérfanos. Sus padres no los solicitan y a veces se pierden sus huellas. Eso explica la existencia de depósitos de millares de embriones congelados en casi todos los países donde se practica la fecundación in vitro.
• Los millares de embriones abandonados constituyen una situación de injusticia que es de hecho irreparable. Es necesario detener la producción de seres humanos.
• No se puede tratar al embrión humano como simple material de laboratorio porque se produce una alteración y una discriminación en lo que se refiere al concepto mismo de la dignidad humana.
• En nuestro tiempo se olvida que las personas enfermas o minusválidas no son una especie de categoría aparte. Es necesario eliminar las barreras culturales, económicas y sociales que socavan el pleno reconocimiento y la tutela de las personas minusválidas y enfermas.
• La clonación con fin reproductivo impone al sujeto clonado un patrimonio genético preordenado, sometiéndolo de hecho a una forma de esclavitud biológica de la que difícilmente podría liberarse. El hecho de que una persona se arrogue el derecho de determinar arbitrariamente las características genéticas de otra persona, representa una gran ofensa a la dignidad de esta última y a la igualdad fundamental entre los hombres.
• La clonación terapéutica produce embriones con el propósito de destruirlos. Aunque sea para ayudar a los enfermos, esta práctica es totalmente incompatible con la dignidad humana porque se reduce la existencia de un ser humano, incluso en estado embrionario, a la categoría de instrumento que se usa y destruye.
• Las células troncales adultas presentan una gran versatilidad y han obtenido resultados relevantes. Es lícito el uso de células troncales obtenidas por métodos que no procuran grave daño al sujeto del que se extraen.
• Es necesario alentar el impulso y el apoyo a la investigación sobre el uso de células troncales adultas, ya que no implica problemas éticos.
• Urge movilizar las conciencias a favor de la vida. Debemos recordar a los profesionales de la salud que su responsabilidad ha crecido enormemente y encuentra su inspiración más profunda y su apoyo más fuerte precisamente en la intrínseca e imprescindible dimensión ética de la profesión sanitaria, como ya reconocía el antiguo y siempre actual juramento de Hipócrates, según el cual se exige a cada médico el compromiso de respetar absolutamente la vida humana y su carácter sagrado.
En este contexto de afirmación radical del valor de la vida humana, el Documento califica de moralmente inaceptables, por ser contrarias a la dignidad de la persona humana, las siguientes técnicas o prácticas:
1. La fecundación artificial, tanto la heteróloga como homóloga que sustituyen al acto conyugal.
2. La utilización de embriones congelados para la investigación o para actos terapéuticos porque implica tratarlos como simple material biológico y comportan su destrucción.
3. La adopción prenatal de los embriones presenta problemas éticos.
4. La crioconservación de óvulos en orden al proceso de procreación artificial.
5. La reducción embrionaria en el caso de embarazos múltiples.
6. El diagnóstico preimplantatorio con objeto de trasladar a la madre determinados embriones, eliminando al resto por no tener determinadas cualidades. Este tipo de diagnóstico es expresión de la mentalidad eugenésica que acepta el aborto selectivo para impedir el nacimiento de niños afectados por anomalías.
7. La discriminación de personas enfermas y minusválidas.
8. Las técnicas interceptivas (DIU y píldora del día siguiente) y contragestativas (Píldora RU 486 y otros) constituyen un tipo de aborto. La persona que pide o prescribe fármacos interceptivos tiene generalmente una intención abortiva.
9. La terapia génica germinal que modifica las células germinales de un sujeto en un contexto de fecundación in vitro.
10. La clonación humana porque, en el contexto de las técnicas de fecundación artificial, se propone dar origen a un nuevo ser humano sin conexión con el acto de recíproca donación entre dos cónyuges y, más radicalmente, sin ningún vínculo con la sexualidad.
11. Sacrificar una vida humana con fines terapéuticos (clonación terapéutica).
12. La extracción de células troncales del embrión humano viviente porque causa inevitablemente su destrucción.
13. La clonación híbrida (óvulos de animales para la reprogramación de los núcleos de células somáticas humanas con el fin de extraer células troncales embrionarias de los embriones resultantes).
14. La mutilación de cadáveres de embriones o fetos humanos si no existe seguridad de su muerte y consentimiento de la madre o de los padres.